SISUB Sistema de Información de Subcontratación

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Sistema de Información de Subcontratación

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1. Sistema de Información de Subcontratación

El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es el medio electrónico que permite a los patrones cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aplicable a personas físicas y morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social , para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas .

Objetivo

Facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit para el envío de la información de aquellos patrones que obtuvieron el Registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Los sujetos obligados deberán enviar la información de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Infonavit, así como la información de los contratos y de los trabajadores que estuvieron vinculados a esos contratos en el periodo que se reporta, incluyendo los datos del beneficiario del servicio del esquema de subcontratación.

La información de los trabajadores a que se refiere el artículo 29 Bis de la Ley, será de aquellos que se pongan a disposición del beneficiario y que estén vinculados con un Número de Registro Patronal.

¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que hayan obtenido su registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.Fac del beneficiario y que estén vinculados con un Número de Registro Patronal.

¿Cuándo debes de cumplir?

La obligación de presentar la información ante el Infonavit de manera cuatrimestral y subsecuente de acuerdo con el siguiente calendario.
Periodo Cuatrimestre Periodo de presentación Enero a abril 1° cuatrimestre 1 al 17 de mayo Mayo a agosto 2° cuatrimestre 1 al 17 de septiembre Septiembre a diciembre 3° cuatrimestre 1 al 17 de enero (del siguiente año)
Nota: El vencimiento estará condicionado a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (si el último día del plazo o en la fecha determinada las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite están cerradas durante el horario normal de labores o se trata de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva).

2. Presentación de SISUB

Los sujetos obligados tendrán la obligación de presentar de manera cuatrimestral la información a que se refiere el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit a través del Portal Empresarial. Se deberá reportar la información correspondiente a los contratos celebrados por el sujeto obligado, incluyendo todos sus registros patronales, de manera anual y reportar cualquier modificación o adiciones de contratos. Trámite Servicio en línea.

Portal Empresarial del INFONAVIT
Requisitos
  • Estar registrado en el Portal Empresarial.
  • Formato Información sujeto obligado, detalle de trabajadores y detalle del contrato (en formato .csv).
  • Registro o registros emitidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (en formato pdf).
  • Escritura constitutiva y modificaciones (en formato pdf).
  • Contrato o contratos de subcontratación (en formato pdf).
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Pasos a seguir
  • Ingresa a tu cuenta del Portal Empresarial con el NRP identificado como principal.
  • En la sección Mis trámites, da clic en la opción “Sistema de Información de Subcontratación”.
  • Lee y acepta los términos y condiciones con el uso de la firma electrónica de la empresa (e.firma).
  • Da clic en la pestaña “Envío de información” y descarga los formatos XLS; captura los datos en todos los campos que te solicitan.
  • Llena el formulario y carga los archivos en formato “.csv” requisitados y los documentos “pdf” solicitados
  • En la pestaña “Seguimiento a folio” conocerás el estatus de tu trámite.
Documentos que obtienes

Acuse de recibo.

IMPORTANTE:

La obligación se da por cumplida al presentar tu información a través del SISUB y al obtener el acuse de trámite aceptado a través del sistema (disponible en la pestaña “Seguimiento a folio”).